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Asistencia al SMAC: ¿de qué se trata?

El SMAC es el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid. La labor de este servicio de conciliación es la resolución de conflictos laborales, evitando el proceso judicial.

En la Ley reguladora de la Jurisdicción Social se precisan los detalles sobre la Conciliación Previa en el SMAC. El objetivo es lograr un acuerdo entre el empresario y el trabajador ante una reclamación laboral; la finalidad de dicho acuerdo es, evidentemente, la de evitar el pleito.

En cuanto a las cuestiones que deben someterse a conciliación administrativa previa ante el SMAC, es importante saber que solo se incluyen aquellas relacionadas con el contrato de trabajo entre empresario privado (entre las cuales están las empresas públicas con forma de Sociedad Anónima) y trabajadores. Esas cuestiones son las que están relacionadas con:

  • Despidos;
  • Sanciones disciplinarias;
  • Reclamaciones de cantidad y reconocimiento de derechos en general;
  • Clasificación profesional;
  • Resoluciones de contrato a instancia del trabajador;
  • Conflictos colectivos.

 

Presentación de la papeleta de conciliación

Solamente las solicitudes individuales pueden pedir cita previa para presentar la papeleta de conciliación en el SMAC. 

No obstante, se recomienda presentar la papeleta de conciliación a través del enlace que podrás encontrar en la web de la Comunidad de Madrid.

 

Cita previa para realizar el acto de conciliación

La cita previa solo podrá pedirse si se ha presentado la papeleta de conciliación con anterioridad.

Al seleccionar el día y la hora para celebrar el acto de conciliación, el solicitante se compromete a avisar a la otra parte. 

Si, llegado el día de la conciliación, una de las partes no comparece o no se consigue llegar a un acuerdo, el acto se entenderá por no celebrado. De este modo, el expediente continuará su tramitación (artículo 65 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social), no pudiéndose evitar el pleito.

 

Normativa vigente

Los procedimientos de Mediación, Arbitraje y Conciliación se rigen por la legislación estatal:

  • Real Decreto-Ley 5/1979, de 26 enero, por el que se crea el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
  • Real Decreto 2756/1979, de 23 noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las competencias que tiene encomendadas.
  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral).
  • Ley 36/2011, de 10 de octubre reguladora de la Jurisdicción Social.

 

Si necesitas ayuda en el proceso de conciliación, como gestoría laboral estamos a tu disposición para resolver tus dudas y asesorarte en lo que necesites. Además, si lo deseas, desde Asesoría Teide podemos ocuparnos de gestionar todos los tramites para que no tengas que preocuparte de nada, hasta el día de la conciliación o, bien, del proceso judicial.

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