A modo de introducción debemos saber que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), consiste en la cantidad mínima que tiene que cobrar un trabajador por cuenta ajena.
Este salario es fijado de forma anual por el gobierno y para los trabajadores funciona como si de una garantía se tratase, ya que deben recibir como mínimo ese salario.
Desde Asesoría Teide, vamos a dejarte toda la información que necesitas conocer sobre el tema.
Para este año 2021, el Salario Mínimo Interprofesional es de 13.300 euros anuales; para su pago existen dos opciones para aquellos trabajadores a jornada completa:
- 14 pagos de 950 euros mensuales;
- 12 pagos de 1.108,33 euros mensuales.
Se debe tener en cuenta que:
- El Salario Mínimo Interprofesional es el sueldo bruto, al que se le debe restar las cotizaciones de la Seguridad Social y las deducciones de IRPF.
- En el SMI se computa únicamente el salario en dinero, por lo que el pago de un salario en especie no puede reducir esta cantidad.
Si se tratase de una jornada inferior a la competa, se corresponde con la parte proporcional. Por ello en caso de trabajar a tiempo parcial de 20 horas semanales, al trabajador le corresponderán 554 euros al mes divididos en 12 pagas.
En 2021 el Salario Mínimo Interprofesional es de 31,66 euros al día; en el caso de trabajadores eventuales y temporeros es de 44,97 euros al día. Para trabajadores/empleados del hogar, el SMI es de 7,43 euros por hora.
Vamos a hacer un resumen:
- SMI 2021 día: 31,66 euros;
- SMI 2021 mes (14 pagas): 950 euros;
- SMI 2021 mes (12 pagas): 1.108,33 euros;
- SMI 2021 año: 13.300 euros.
- SMI 2021 eventuales y temporeros día: 44,99 euros;
- SMI 2021 empleados de hogar hora: 7,43 euros.
En los últimos 10 años el Salario Mínimo Interprofesional ha logrado ascender. A continuación, mostraremos una tabla comparativa del Salario Mínimo Interprofesional en los últimos 10 años.
El Salario Mínimo Interprofesional se mantiene sin cambios respecto a 2020, aunque el Índice de Precios al Consumo de 2020 fue del -0,5%, lo que supone una pérdida de poder adquisitivo para los trabajadores en el último año.
En el año 2021 el Real Decreto-ley 38/2020, estableció en su disposición adicional sexta la prórroga de la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2020.
Si eres trabajador por cuenta ajena es importante que tengas presente esta información.